sábado, 3 de julio de 2021

Castoriadis criticando la Ley de Lacan

 El tabú por la semántica, el desprecio por el contenido, el fetiche por la sintaxis y la Ley como Significante "vacío" de Lacan y sectas.
"Aspecto del mismo problema en Lacan y los lacanianos, por ejemplo, en la imposibilidad de hacer una distinción cualquiera relativa al contenido de la Ley. Desde el momento en que hay Ley, lo esencial está dado; el sujeto es confrontado a una ley en función de la cual debe renunciar a una serie de objetos de su deseo, mediante lo cual se volverá capaz de ser deseante, y es todo. A partir del momento en que hay este pasaje por los "desfiladeros de la castración", el sujeto vuelto capaz de acceder a su deseo está, por decirlo así, acabado. Todo esto quizás sea verdadero, quizá no, pero la pregunta es: ¿de qué ley se trata? No conocemos comunidad humana sin leyes. Pero estas leyes son muy diferentes, y hay comunidades cuyas leyes serían una abominación para nosotros. Lo propio de estas concepciones, y especialmente del lacanismo, es pasar por alto la posible distinción, la posible diferencia, de dos maneras de considerar la Ley: por un lado, toda agrupación humana, cualquiera sea —las antiguas, las modernas, los caníbales, los monjes, los esenios, los nazis, la mafia—, tiene leyes necesariamente, de otra manera no es una agrupación humana. Pero otro punto de vista que emerge a partir de un momento en la historia plantea la pregunta: ¿todas las leyes son equivalentes? ¿Esta ley es justa? ¿Cuál es la ley justa? ¿Qué es la justicia? A partir de entonces surge otra actitud que distingue entre las situaciones defacto: en la Alemania nazi, por ejemplo, hay leyes, no hay más que eso, reglamentaciones abundantes, y éstas son las que aplica e invoca Eichmann (…) ¿En el Nombre de qué? Es, pues, una actitud de una insigne hipocresía decir así: la Ley, sin más. Se opera entonces una confusión entre <la afirmación de> la necesidad general de una institución para que haya sociedad humana, por lo tanto, entre el carácter constituyente/instituyente de la Ley, y <la afirmación según la cual> la Ley es esta ley empírica dada cada vez, pero no es simplemente empírica, es del orden de lo "Simbólico". Pero entonces, o bien esta Ley ya no es simplemente la ley de los aztecas, de Komeini, de los nazis, o por qué no, de la V República, y finalmente no tiene ningún contenido, no se puede decir nada de ella; o bien estamos obligados a identificarla con la ley positiva, y entonces renunciar a toda actitud crítica y, más aún, política, con respecto a la institución existente." (Castoriadis, 1987)